Se necesita obtener una
LICENCIA ADMINISTRATIVA, otorgada por la autoridad municipal.
En el caso de perros deberá obtenerse
antes de que cumpla tres meses de vida o un mes desde la adquisición
, en el resto antes de poseer el animal.
Se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad (presentando fotocopia del D.N.I.)
- No presentar antecedentes penales: para demostrarlo se debe ajuntar un certificado de penales que se obtiene en el
Registro de Antecedentes Penales y una declaración jurada de no haber sido sancionado por la presente Ley.
- Certificado medico que acredite la aptitud física y psicológica para ser poseedor de uno de estos animales.
- Acreditación de haber suscrito un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros por valor de 120.000 €
(aprox. 20 millones de pesetas).